Durante la tarde de ayer jueves, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a ley el proyecto que permite que el apellido materno anteceda al paterno al momento de inscribir el nacimiento. Quedarán excluidos todos los casos de aquellos condenados por delitos sexuales.

El proyecto de ley establece que la madre y el padre podrán acordar qué apellido llevará primero su hijo o hija y no será automático el apellido paterno en primer lugar. En el caso de las personas mayores de edad que quieran cambiar el orden de su apellido, podrán solicitar el cambio sólo por una vez.

La norma establece que, si no hay acuerdo al momento de inscribir al primero de sus hijos o hijas comunes, se entenderá que el primer apellido del padre anteceda al primer apellido de la madre en las partidas de nacimiento de toda su descendencia en común.

El proyecto también precisa que, si una persona realiza el cambio de sus apellidos, esto provocará el cambio del respectivo apellido de sus hijos e hijas menores de edad.

La normativa llevaba diez años en el Congreso y fue reactivada por la Comisión de Mujer y Equidad de Género en enero pasado.